Documentación necesaria para empadronarse. Cambios de residencia y domicilio
Documentación acreditativa de la identidad en vigor
Original de la persona que presenta la solicitud y original o copia de las demás personas que se empadronan
- DNI (obligatorio a partir de los 14 años)
- Pasaporte
- Documento expedido por las autoridades españolas donde figure el NIE (preferentemente TIE)
- Documento acreditativo de la identidad de su país de origen (para miembros de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza)
- Certificado de Registro de Ciudadano de la UE (carta verde) acompañado de un documento acreditativo de la identidad
- Solicitud de protección internacional (asilo)
- Resguardo de presentación de solicitud: doc blanco con foto y NIE - válido para identificar una vez transcurrida la primera fecha y hasta la segunda fecha
- Documento acreditativo de la condición de solicitante en tramitación: doc rojo Ex148 sin trabajo o Ex148 bis con autorización a trabajar)
Menores de edad: Libro de familia o certificado de nacimiento si no disponen de alguno de los documentos de identificación citados anteriormente
Representación
1. Genérica
En caso de no acudir en persona, se acreditará representación mediante documento firmado indicando el trámite concreto a realizar debiéndose acompañar de copia de documento de identidad en vigor del representado
2. Menores de edad
Los padres que ostenten la patria potestad tienen la representación legal de sus hijos menores no emancipados
2.1. EMPADRONAMIENTO CON AMBOS PROGENITORES
Firma de ambos progenitores en la hoja padronal o autorización por escrito que acompañe la hoja padronal
2.2 EMPADRONAMIENTO CON UNO SOLO DE LOS PROGENITORES
2.2.1 Si existe consentimiento de ambos o autorización judicial
La firma de ambos en la hoja padronal o en una autorización por escrito que acompañe a la hoja padronal.
2.2.2 Si no existe consentimiento de ambos ni autorización judicial
- Si no existe resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda o custodia.
- Si existe resolución judicial que atribuye la guarda y custodia en exclusiva al progenitor que realiza la solicitud.
2.2.3 Si la guarda y custodia es compartida por ambos con resolución judicial
* Resolución judicial que se pronuncie sobre el lugar de empadronamiento
* Si la resolución judicial no se pronuncia sobre el lugar de empadronamiento
- Prueba documental de que existe mutuo acuerdo
- En caso de que no se pueda acreditar el mutuo acuerdo, se exigirá la presentación de una nueva resolución judicial que se pronuncie expresamente sobre el lugar de empadronamiento
2.3 EMPADRONAMIENTO DE MENORES EN UN DOMICILIO DISTINTO AL DE LOS PROGENITORES QUE OSTENTEN SU GUARDA Y CUSTODIA
Se deberá aportar la autorización por escrito de ambos, o de uno de ellos junto con la correspondiente declaración responsable (según proceda)
2.4 EMPADRONAMIENTO DE MENORES TUTELADOS, ACOGIMIENTO...
Resolución judicial o administrativa correspondiente
Documentación acreditativa de la vivienda
Original o copia
- Título de propiedad (escrituras, nota simple del Registro de la Propiedad, comprobación de bases de datos municipales donde conste dicha propiedad, etc).
- Contrato de arrendamiento vigente acompañado de alguno de estos documentos:
- Último o penúltimo recibo de alquiler de dicho contrato
- Última o penúltima factura de compañía suministradora de telefonía fija, agua, electricidad o gas donde figuren reflejadas la dirección del suministro y el nombre y apellidos del titular del suministro.
* En el caso de no ser titular del documento acreditativo de la vivienda el interesado en empadronarse deberá aportar:
- Documento acreditativo de la vivienda
- Autorización del titular del documento acreditativo de la vivienda
- Documentación acreditativa de la identidad del autorizante (en vigor)