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Atrás Expedientes de Responsabilidad Patrimonial

Es el procedimiento para reclamar de la Administración una indemnización, por haber sufrido daños como consecuencia de algún hecho imputable a la misma.

¿Quién lo puede realizar?

Cualquier persona, que se estime lesionada en sus bienes o derechos.

¿Dónde se tramita?

En cualquiera de los Servicios de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, ubicados en:

  • Edificio consistorial.
  • Extensión administrativa.

El horario de atención al público es el siguiente:

  • Edificio consistorial: de 8:30 a 17:00 horas, ininterrumpidamente.
  • Extensión administrativa: de 8:30 horas a 15:00 horas.

Tramitación

Solicitud del interesado, exponiendo los hechos ocurridos, junto con todos los justificantes (facturas, denuncias, partes médicos, etc..) y haciendo constar los datos completos de las personas que se propongan como testigos.

Marco legal

Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Reglamento que desarrolla estos procedimientos.

Procedimiento a seguir en el SAC

  • Recoger la solicitud presentada por el interesado.
  • Sellar la copia al interesado.
  • Depositar la documentación en la bandeja de entrada que corresponda.
  • Remitir la documentación al departamento de Secretaría, a través del procedimiento “Distribución de la documentación del SAC entre las dependencias municipales”.

Resto procedimiento

  • Recepción documentación procedente del SAC.
  • Apertura de expediente.
  • Remisión de documentación a la aseguradora.

Observaciones

En el caso de que se presente la reclamación incompleta, se formula requerimiento de subsanación, dando un plazo de 10 días. En caso de no subsanación, se archiva el expediente.