Petición de tala de árboles y petición de quema de residuos vegetales.
¿Quién lo puede realizar?
Cualquier ciudadano.
¿Dónde se tramita?
Por escrito presentado en el Registro: Edificio Consistorial.
El horario de atención al público es el siguiente: Edificio Consistorial: De 9:00 horas a 14:00 horas, ininterrumpidamente.
Documentación a aportar
Cumplimentar solicitud y entregarla en el registro del Ayuntamiento.
Marco Legal
- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
- Método para la valoración de árboles y arbustos ornamentales. Norma Granada 1999.
- Decreto 111/2000, de 1 de junio, por el que se modifica el Plan de Protección Civil de emergencia por Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid (INFOMA).
- Real Decreto-Ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales.
Tiempo de resolución
Depende del tipo de actuación requerida.
Procedimiento a seguir en el SAC
- Recoger la solicitud y revisar toda la documentación aportada.
- Remitir la solicitud a los Servicios Técnicos de Medio Ambiente.
- Remitir, al interesado contestación con la resolución del caso.
Resto procedimiento
- Recepción documentación procedente del SAC.
- Inspección, resolución.
- Notificación.
- Seguimiento de las actuaciones.