Contabilidad empresario/a

¿Cuales son las obligaciones contables de un/a empresario/a?

El Código de Comercio establece que todo empresario deberá llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su empresa, que permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios.

Esta obligación legal no viene sino a dar respuesta a una necesidad que se manifiesta dentro de la misma empresa y que tiene en los promotores a sus principales protagonistas.

Esta visión, que lleva a que determinadas personas adopten, sin otro criterio, la forma de empresario individual por sus menores obligaciones contables, debe ser superada, ya que si bien es cierto que la contabilidad obliga a disponer de una cierta infraestructura, con el coste que esto supone, también lo es que constituye un instrumento indispensable para conocer lo que ocurre realmente en la empresa y para poder adoptar decisiones fundamentales para la marcha de la misma.

Pero además de su importancia para los socios o promotores de la empresa, la información que proporciona la contabilidad también es importante para terceras personas, que como clientes, acreedores, instituciones financieras, posibles inversores o la propia Administración, pueden estar interesados, y de hecho lo están, en conocer los resultados de la empresa.

Así, a la hora de negociar la obtención de un crédito, la entidad financiera va a exigir la información y los estados contables de la empresa, a fin de conocer su situación patrimonial y la capacidad de generar los recursos necesarios para hacer frente a la devolución del crédito solicitado.

Del mismo modo, la Administración estará interesada en conocer la información que facilita la contabilidad, a fin de determinar el resultado económico de la empresa y fijar su contribución tributaria.

Este interés de terceras personas en los datos que la contabilidad facilita hace que la información contable que genera la empresa deba presentarse de forma que pueda ser entendida por todos los interesados, lo que lleva a la utilización de los considerados como criterios contables generalmente aceptados y las normas relativas al contenido y presentación de los informes contables.

En este sentido, el Código de Comercio establece las reglas que deberán seguirse a la hora de elaborar las cuentas anuales de la empresa y valorar las distintas partidas que figurarán en ellas. Dichas reglas son las siguientes:

  • Se presumirá que la empresa continúa en funcionamiento.
  • No se variarán los criterios de valoración de un ejercicio a otro.
  • Se seguirá el principio de prudencia valorativa. Este principio obligará a contabilizar sólo los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. No obstante, se deberán tener en cuenta todos los riesgos con origen en el ejercicio o en otro anterior, incluso si solo se conocieran entre la fecha de cierre de balance y la fecha en que este se formule, en cuyo caso se dará cumplida información en la memoria, sin perjuicio del reflejo que puedan originar en los otros documentos integrantes de las cuentas anuales. Excepcionalmente, si tales riesgos se conocieran entre la formulación y antes de la imagen fiel, las cuentas anuales deberán ser ref,ormuladas. En cualquier caso, deberán tenerse en cuenta las amortizaciones y correcciones de valor por deterioro en el valor de los activos, tanto si el ejercicio se salda con beneficio como con pérdida.

Asimismo, se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre.

  • Salvo las excepciones previstas reglamentariamente, no podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo ni las de gastos e ingresos y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales.
  • Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos siguientes, los activos se contabilizarán, por el precio de adquisición, o por el coste de producción y los pasivos por el valor de la contrapartida recibida a cambio de incurrir en la deuda, más los intereses devengados pendientes de pago, las provisiones se contabilizarán por el valor actual de la mejor estimación del importe necesario para hacer frente a la obligación, en la fecha de cierre del balance.
  • Las operaciones para cada uno de los elementos incluidos en las cuentas anuales se contabilizarán cuando su valoración pueda ser efectuada con un adecuado grado de fiabilidad.
  • Los elementos integrantes de las cuentas anuales se valorarán en la moneda de su entorno económico, sin perjuicio de su presentación en euros.

El 1 de enero de 2008 ha entrado en vigor el nuevo Plan General de Contabilidad, sustituyendo al anterior que fue promulgado en el año 1990. Se trata de un cambio considerable, ya que la base de partida en su elaboración han sido las NIC/NIIF, tratando de buscar una convergencia de la normativa contable española y lograr una mayor armonización con las normas internacionales. Este Nuevo Plan General Contable se estructura en cinco partes:

  1. Marco Conceptual.
  2. Normas de Valoración.
  3. Cuentas Anuales.
  4. Definiciones y Relaciones Contables.
  5. Cuadro de Cuentas.

De estas cinco partes en las que se divide el Plan General de Contabilidad, tan sólo son obligatorios los tres primeros apartados.

La primera parte, Marco Conceptual, se compone de seis apartados:

  1. Cuentas Anuales e Imagen Fiel.
  2. Requisitos de la información a incluir en las Cuentas Anuales.
  3. Principios Contables.
  4. Elementos de Las Cuentas Anuales.
  5. Criterios de Registro o reconocimiento Contable de los Elementos de Las Cuentas Anuales.
  6. Criterios de Valoración.

La segunda parte, Normas de Valoración, se trata de un conjunto de normas que desarrollan los principios contables y otras disposiciones contenidas en el Marco Conceptual.

La tercera parte, Cuentas Anuales, está dividida en tres grandes apartados:

  1. Normas de Elaboración de las Cuentas Anuales.
  2. Modelos Normales de Cuentas Anuales.
  3. Modelos Abreviados de Cuentas Anuales.

La cuarta parte, Cuadro de Cuentas, presenta una estructura que se divide en grupos, subgrupos, cuentas y subcuentas. Los grupos son los siguientes:

  1. Financiación Básica.
  2. Inmovilizado.
  3. Existencias.
  4. Acreedores y Deudores por operaciones Comerciales.
  5. Cuentas Financieras.
  6. Compras y Gastos.
  7. Ventas e Ingresos.
  8. Gastos Imputados a Patrimonio.
  9. Ingresos Imputados a Patrimonio.

Finalmente, la quinta parte, Definiciones y Relaciones Contables, define el contenido de cada cuenta así como la serie de cargos y abonos más comunes en el movimiento de las mismas.

¿Cuáles son los principios contables que todo empresario ,debe conocer?

La contabilidad de la empresa se desarrollará aplicando obligatoriamente los siguientes principios contables:

  1. Empresa en funcionamiento: Se considerará, salvo que se demuestre lo contrario, que la empresa seguirá en funcionamiento en un futuro por lo que las cuentas anuales deben representar el funcionamiento futuro de la empresa, no el valor del patrimonio neto a efectos de su transmisión global, parcial, o su liquidación. En aquellos casos en los que no se pueda aplicar este principio se aplicarán las normas de valoración que mejor reflejen las operaciones de la empresa.
  2. Devengo: Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.
  3. Uniformidad: Los criterios adoptados y que fueron elegidos para generar las cuentas anuales se han de mantener en el tiempo y aplicarse uniformemente. Cuando se alteren estos supuestos se podrán modificar el criterio adoptado, al suceder este hecho es necesario informar en la memoria la incidencia que dicha variación cuantitativa y cualitativa tiene sobre las cuentas anuales.
  4. Prudencia: Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales.
  5. No compensación: Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no se podrá compensar las partidas del activo y del pasivo o las de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales.
  6. Importancia relativa: Es posible la no aplicación de algunos principios y criterios contables cuando se determine que la importancia en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca es escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel. Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasa podrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función.