Cuando, para la presentación en el Registro de la Propiedad o similar, se necesite certificar la antigüedad constructiva de una edificación.
¿Quién lo puede realizar?
Cualquier persona física o jurídica, personalmente o a través de representante.
¿Dónde se tramita?
En el Area de Urbanismo del Ayuntamiento, ubicado en:
- Edificio Consistorial. Plaza de la Constitución nº 1. 2ª planta.
Documentación a aportar
- Instancia.
- Antecedentes de existencia de la vivienda (datos de la licencia municipal de obras, promotor, fecha de construcción, etc.).
Tasa
Por expedición y tramitación de documentos, se abonará una tarifa de 43,69 €.
Periodo de Validez
Permanente.
Marco legal
- Plan General de Ordenación Urbana de 30 de agosto de 2001.
- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
- Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo del Estado.
- Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la CAM.
- RD 314/2006, de 17 de marzo, Código Técnico de la Edificación.
- Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y fomento del Arbolado Urbano de la CAM.
- Legislación Sectorial que proceda.
- Ordenanza Reguladora del Control Municipal de Actuaciones Urbanísticas de 11 de octubre de 2014.
Procedimiento a seguir en el SAC
- Recoger la solicitud y revisar toda la documentación a aportar.
- Depositar la documentación en la Concejalía de Urbanismo, a través del Procedimiento "Distribución de la documentación del SAC entre las dependencias municipales".
Resto procedimiento
- Recepción de la documentación procedente del SAC.
- Dictamen de los Servicios Técnicos.
- Realización de certificación firmada por la Secretaría y la Alcaldía del Ayuntamiento.
- Notificación al solicitante .