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Atrás Certificados - Y092. Certificados de Antigüedad de vivienda

Cuando, para la presentación en el Registro de la Propiedad o similar, se necesite certificar la antigüedad constructiva de una edificación.

¿Quién lo puede realizar?

Cualquier persona física o jurídica, personalmente o a través de representante.

¿Dónde se tramita?

En el Area  de Urbanismo del Ayuntamiento, ubicado en:

  • Edificio Consistorial. Plaza de la Constitución nº 1. 2ª planta.

Documentación a aportar

  • Instancia.
  • Antecedentes de existencia de la vivienda (datos de la licencia municipal de obras, promotor, fecha de construcción, etc.).

Tasa

Por expedición y  tramitación de documentos, se abonará una tarifa de 43,69 €.

Ver Ordenanzas

Periodo de Validez

Permanente.

Marco legal

  • Plan General de Ordenación Urbana de 30 de agosto de 2001.
  • Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  • Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo del Estado.
  • Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la CAM.
  • RD 314/2006, de 17 de marzo, Código Técnico de la Edificación.
  • Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y fomento del Arbolado Urbano de la CAM.
  • Legislación Sectorial que proceda.
  • Ordenanza Reguladora del Control Municipal de Actuaciones Urbanísticas de 11 de octubre de 2014.

Procedimiento a seguir en el SAC

  • Recoger la solicitud y revisar toda la documentación a aportar.
  • Depositar la documentación en la Concejalía de Urbanismo, a través del Procedimiento "Distribución de la documentación del SAC entre las dependencias municipales".

Resto procedimiento

  • Recepción de la documentación procedente del SAC.
  • Dictamen de los Servicios Técnicos.
  • Realización de certificación firmada por la Secretaría y la Alcaldía del Ayuntamiento.
  • Notificación al solicitante .