Trámites habituales

¿Qué es un trabajador autónomo?

A los efectos de este Régimen Especial, se consideran trabajadores por cuenta propia o autónomos aquellos que realizan de forma habitual, personal o directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ello a contrato de trabajo y aunque utilicen el servicio remunerado de otras personas.

De acuerdo con esto, toda persona que presente la declaración censal de inicio de actividad para ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios, deberá obligatoriamente inscribirse en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, incluso si, además, desarrolla una actividad por cuenta ajena y está dado de alta en el Régimen General.

Asimismo, las personas que ejerzan una actividad profesional por cuenta propia acogida a este Régimen Especial, deberán darse de alta en el mismo. A continuación se relacionan los colectivos profesionales acogidos: Peritos tasadores de seguros, graduados sociales, agentes de Butano, agentes comerciales, agentes de seguros, farmacéuticos, economistas, odontólogos y estomatólogos, veterinarios, agentes de la propiedad inmobiliaria, agentes de la propiedad industrial, agentes y comisionistas de aduanas, técnicos facultativos y peritos de minas, titulados mercantiles, censores jurados de cuentas, licenciados en ciencias políticas y sociología y licenciados en ciencias físicas, ópticos, capitanes, jefes y oficiales de la marina mercante, delineantes, decoradores, vendedores de prensa, titulares de administraciones de apuestas mutuas, titulares de administraciones de lotería, profesores de autoescuela, vigilantes nocturnos, naturópatas, administradores de fincas urbanas, encuestadores, mensajeros y animadores turísticos que realicen trabajos por cuenta ajena, ingenieros industriales e ingenieros agrónomos.

También se encuentran incluidos en este Régimen Especial y deberán estar afiliados:

  • El cónyuge y los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado del titular, siempre y cuando colaboren con él de forma habitual, personal y directa y no tengan la condición de asalariados.
  • Los socios de las compañías colectivas y comanditarias.
  • Los socios administradores de sociedades mercantiles, civiles, cooperativas y comunidades de bienes, en determinados casos.

El alta se llevará a cabo en la provincia donde se ejerza la actividad, dentro de los treinta días naturales siguientes al del nacimiento de la obligación.

Cuando se desarrollen varias actividades de las que dan lugar a la inclusión en el campo de aplicación de este Régimen Especial, la afiliación, o alta en su caso, así como la cotización, será única, debiendo corresponder a una de dichas actividades a elegir por el interesado.

La solicitud de alta se efectuará en cualquiera de las Administraciones de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, mediante la presentación de los siguientes documentos:

  • Impreso de alta (TA-0521).
  • Cartilla de la Seguridad Social o documento de afiliación (TA-1) si no se ha estado afiliado con anterio,ridad.
  • Original y fotocopia de la declaración de censal de inicio de actividad.
  • Documento Nacional de Identidad del empresario (original y fotocopia). Escritura pública para las sociedades mercantiles, o contrato de constitución de sociedades civiles o comunidades de bienes.

¿Cómo puedo darme de alta como profesional autónomo/a?

Forma telemática

A través del PAIT (Punto de Acceso al Inicio de Tramitación) del Ayuntamiento de Collado Villalba, situado en la Cantera de Empresas se puede realizar el alta como profesional autónomo de forma rápida y gratuita.

Los pasos son los siguientes:

  1. Llamar y concertar cita en el 91.2795151 para el alta.
  2. El día y hora señalados, acudir el/la interesado/a a la Cantera de Empresas de Collado Villalba c/Anastasio Nieto, 11 Polígono P-5 y acudir con los siguientes documentos y datos: 1.- DNI /NIE Original y fotocopia 2.- Nº de la Seguridad Social: original y fotocopia.
  3. Un número de cuenta corriente para domiciliar los pagos a las Seguridad Social.
  4. Epígrafe/s de la actividad que va a desarrollar. Se pueden obtener en el 901335533, apartado IAE (num.4).
  5. Código Nacional de Actividad Económica (CNAE), disponible en la página http://www.ine.es/.
Forma presencial
  • Paso 1: Hacienda. Plaza Segovia 1, El Escorial. Presentar Modelo 37 (disponible en documentos de interés).
  • Paso 2: Tesoreria De La S.S. Direccion: Juan De Toledo 11, (junto a estacion de autobuses de San Lorenzo). Pides en mostrador formulario hojita para darte de alta como autónomo, Lleva fotocopia 037 más copia del DNI, más tarjeta Seguridad Social.

¿Cómo puedo constituir una Sociedad limitada?

Existes dos modalidades para la constitución de empresas: modalidad telemática y modalidad presencial.

Modalidad telemática

A través del PAIT (Punto de Acceso al Inicio de Tramitación) del Ayuntamiento de Collado Villalba, se puede realizar el alta de una Sociedad Limitada y Sociedad Limitada Nueva Empresa.

Para hacerlo, contactar con el 91.2795151. Habrá que acudir al Punto Pait, situado en la Cantera de Empresas de Collado Villalba (C/ Anastasio Nieto, 11, Polígono P- 5 de Collado Villalba. Supone un ahorro de costes y de tiempo, pudiendo reducirse a un tiempo entre 48 y 72 horas. Desde el PAIT se da de alta la sociedad en los sucesivos registros, y se solicita cita on line con un notario de la red CIRCE.

Modalidad presencial
Fases de la constitución de empresas
Trámite Descripción Tipo de empresa
Certificación negativa del nombre Consiste en la obtención de un certificado acreditativo de la no existencia de otra Sociedad con el mismo nombre de la que se pretende c,onstituir. Sociedades
Alta en la Agencia Tributaria Con Modelo 036 Sociedades
Alta en la Seguridad Social Altas de Socios por cuenta propia y trabajadores por cuenta ajena, Sociedades
Comunicación de apertura de centro de trabajo Cuando se contratan trabajadores por cuenta Sociedades
Autorización previa administrativa Se solicita por uno de los promotores del tipo de sociedad que se va a crear. Supone la calificación del proyecto de estatutos. Sociedades Mercantiles Especiales
Otrogamiento de la escritura pública Acto por el que los socios fundadores proceden a la firma de la escritura de Constitución de la Empresa según proyecto de estatutos. Sociedades
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Gestión, liquidación, comprobación e inspección del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos documentados. Este tributo grava: a.) Las transmisiones patrimoniales onerosas. b) Las operaciones societarias. Grava la constitución de una sociedad en 1% sobre su capital social. c) Los actos jurídicos documentados. Sociedades
Código de Identificación Fiscal, C.I.F. Identificación de la Sociedad a efectos fiscales Sociedades y Comunidades de Bienes
Inscripción en el Registro Mercantil Una vez conseguida la Escritura Pública de Constitución, se ha de proceder a la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil, a partir de este momento la sociedad adquiere plena capacidad jurídica. Todas las sociedades excepto Cooperativas
Inscripción en Registros Especiales Inscripción en el Registro General de Cooperativas Sociedades Cooperativas
Inscripción en el Registro General de Sociedades Anónimas Laborales Sociedades Laborales
Inscripción en el Registro Especial del Ministerio de Economía. Dirección General de Política Financiera. Sociedades de Capital Riesgo. Sociedades de Garantía Recíproca
Inscripción en el Registro Especial del Ministerio de Hacienda. Dirección General de Tributos. Agrupaciones de Interés Económico. Uniones Temporales de Empresas
Trámites de apertura de negocio y constitución de sociedades
Trámite Descripción Tipo de empresa
LICENCIAS MUNICIPALES
Licencia Municipal de Obras Licencia necesaria para la realización de cualquier tipo de obras en locales, naves, edificios, etc. dentro de un municipio. Todas
Licencia Municipal de Apertura Todo empresario que desee iniciar cualquier actividad deberá estar en posesión de la correspondiente Licencia Municipal de Apertura. Es la orden de comprobación de que la solicitud del administrado es conforme con las normas de uso previstas en los planes de urbanismo. ,Todas
REGISTROS
Inscripción en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria Inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles, es decir, a título enunciativo, adquisición y transmisión de dichos bienes y la constitución y cancelación de hipotecas sobre los mismos. Todas
Inscripción en el Registro Industrial Inscripción del establecimiento en el Registro Industrial y autorización de la puesta en marcha de la actividad industrial. Empresas industriales
FISCALES
Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas Tributo directo de carácter real cuyo hecho imponible está constituído por el ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se encuentren o no especificadas en las Tarifas del Impuesto. Todas
Alta en el Censo Declaración censal de comienzo, modificación o cese de actividad que han de presentar a efectos fiscales los empresarios individuales, los profesionales y las sociedades. Todas
LABORALES
Inscripción de la empresa en la Seguridad Social Acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones en el Sistema de la Seguridad Social. Todas
Afiliación y número de la Seguridad Social Acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce a la persona física su inclusión por primera vez en el Sistema de Seguridad Social. Todas
Alta en el Régimen especial de Autónomos de la Seguridad Social Régimen obligatorio para empresarios individuales y comunidades de bienes y opcional para trabajadores de cooperativas. La afiliación y alta se harán dentro de los 30 días naturales siguientes al alta en el IAE Personas físicas y opcional para socios de cooperativas
Alta en el Régimen General de la Seguridad Social Régimen general para trabajadores por cuenta ajena. La afiliación y alta serán previas al comienzo de la relación laboral Todas
Comunicación de apertura del centro de trabajo Empresas que inicien la apertura del centro de trabajo o reanuden su actividad. Todas

¿Qué es el pago único, como puedo obtenerlo?

Qué es

El pago único por capitalización de desempleo ofrece la posibilidad de cobrar la prestación que reste a la persona desempleada, para poner en marcha un negocio o empresa (autónomos, cooperativa o sociedades laborales). Existen tres modalidades de pago.

Requisitos para obtener el pago único
  • Estar desempleado.
  • Ser perceptor de la prestación por desempleo.
  • Tener al menos, tres meses de prestación pendiente.
  • No haber obtenido el reconocimiento del pago único en los últimos 4 años.
  • Constit,uirse bien como trabajador por cuenta propia, Cooperativa o Sociedad Laboral.
  • Empezar la actividad al cabo de un mes después de la resolución de la concesión del derecho.

El Ayuntamiento de Collado Villalba asesora y ayuda a cumplimentar la memoria descriptiva, los miércoles de 9:30 a 14:30 previa cita en el 912 795151.

Más información: http://www.redtrabaja.es/