¿Quién lo puede realizar?
Cualquier persona física o jurídica, personalmente o a través de representante.
¿Dónde se tramita?
En el Area de Urbanismo, ubicado en:
- Edificio consistorial. Plaza de la Constitución nº 1. 2ª planta
Documentación a aportar por Registro de Entrada
La solicitud de LICENCIA debidamente cumplimentada, TODA la documentación
especificada en la propia Solicitud y en las ordenanzas de aplicación, además
de las Cartas de Pago de TASA POR ACOMETIDA, METROS DE APERTURA Y SERVICIOS URBANÍSTICOS Y fianza de GESTIÓN DE RESIDUOS que
correspondan con sus justificantes de pago.
Tasa
Será el importe calculado sobre el presupuesto sin IVA, según el
porcentaje especificado en el Modelo de Solicitud de Declaración
Responsable.
¿Cuándo puedo comenzar la obra?
Una vez concedida y notificada la oportuna licencia.
Marco Legal
- Plan General de Ordenación Urbana de 30 de agosto de 2001.
- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
- Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la CAM.
- RD 314/2006, de 17 de marzo, Código Técnico de la Edificación.
- Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y fomento del Arbolado Urbano de la CAM.
- Legislación Sectorial que proceda.
- Orden VIV/561/2010 Accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos.
- Ordenanza Reguladora del Control Municipal de Actuaciones Urbanísticas de 11 de Octubre de 2014.
- Ordenanza Municipal Reguladora de la ejecución de Zanjas y Calas y
Canalizaciones en las Vías Públicas o Terrenos de Uso Público.
- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
- Ley 1/2020 de 8 de Octubre por la que se modifica la Ley 9/2001 de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid
Período de validez
Los plazos de concesión de la licencia son los
siguientes:
- 1 año para inicio de las obras.
- 3 años para finalización de las obras.
Procedimiento a seguir
- Cumplimentar la solicitud y recoger las Cartas de Pago en Hacienda (Planta 1ª) o bien solicitarlas en el correo hacingresoscv@hotmail.com
- Pago a través de la Sede Electrónica o Entidad Bancaria.
- Entrega de toda la documentacion por Registro de Entrada en el
Servicio de Atención al Ciudadano (Planta Baja) o a través de la Sede
Electrónica. En caso de entidades jurídicas (empresas) será obligatoria
la presentación por SEDE ELECTRÓNICA, salvo excepción debidamente
justificada.
Resto procedimiento
- Recepción de la documentación procedente del SAC por el Área de Urbanismo.
- Control Administrativo de la documentación presentada
- Informe de los Servicios Técnicos.
- Posible Requerimiento si falta documentación o ésta es incompleta o errónea.
- Informe jurídico.
- Acuerdo de concesión de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento.
- Notificación al interesado.